Fianza

28.10.2024

CONCEPTO

El contrato de fianza es aquel en el que una afianzadora se compromete a responder de las obligaciones de otra persona, conforme las normas y tarifas que dicta la Superintendencia de Bancos.

ELEMENTOS PERSONALES

Fiador: es la afianzadora constituida y autorizada para dedicarse al negocio de fianzas.

Fiado: es el deudor de la obligación garantizada.

Beneficiario: es quien resulta acreedor del fiador para el caso de incumplimiento del fiado.

ELEMENTOS FORMALES

Póliza: documento pre-redactado al igual que en el seguro.

La póliza deberá contener los siguientes elementos:

  • Lugar y fecha de emisión.
  • Nombre y domicilio del Fiador y del fiado.
  • Designación del beneficiario.
  • Mención de las obligaciones garantizadas y el monto y circunstancias de las garantías.
  • Firma del titular de la afianzadora o se representante legal.

OBJETIVOS

  • La obligación del Fiador
  • La obligación del fiado

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