Fianza
28.10.2024
CONCEPTO
El contrato de fianza es aquel en el que una afianzadora se compromete a responder de las obligaciones de otra persona, conforme las normas y tarifas que dicta la Superintendencia de Bancos.
ELEMENTOS PERSONALES
Fiador: es la afianzadora constituida y autorizada para dedicarse al negocio de fianzas.
Fiado: es el deudor de la obligación garantizada.
Beneficiario: es quien resulta acreedor del fiador para el caso de incumplimiento del fiado.
ELEMENTOS FORMALES
Póliza: documento pre-redactado al igual que en el seguro.
La póliza deberá contener los siguientes elementos:
- Lugar y fecha de emisión.
- Nombre y domicilio del Fiador y del fiado.
- Designación del beneficiario.
- Mención de las obligaciones garantizadas y el monto y circunstancias de las garantías.
- Firma del titular de la afianzadora o se representante legal.
OBJETIVOS
- La obligación del Fiador
- La obligación del fiado