Distribución
Definición
Para Andrés Marroquín:El contrato de distribución es: "la manera más ágil y menos costosa, en términos legales y económicos, con la que cuentan las empresas extranjeras para acceder a nuevos mercados y colocar sus productos"; Este contrato mantiene un gran valor en y para el mercado guatemalteco, ya que permite que los consumidores tengan cada vez más opciones disponibles.
Elementos
- Personales: El distribuidor: Es la persona natural o jurídica quien por cuenta propia distribuye y negocia los productos en masa. El principal: Es la persona natural o jurídica que provee las mercaderías para ser distribuidas en el exterior o interior del país.
- Reales: Son los elementos reales o mercaderías del principal, que mercadea el distribuidor a un intermediario o comerciante, quien a su vez se relaciona con la clientela en general.
- Formal: no existe forma exigida por la ley. Se rige por la regla general de la libertad de la forma en lo mercantil, el contrato puede ser celebrado por medio de una escritura pública o documento privado.
Características
a) Consensual
b) Intuitu Personae
c) Oneroso
d) Conmutativo
e) No formal
f) Bilateral
g) De tracto sucesivo
h) De colaboración empresarial
i) Atípico
Efectos:
a) El derecho que adquiere el distribuidor para comercializar en exclusiva en un territorio determinado, si así se conviene en el contrato.
b) Las mercaderías que le surte el principal, por un plazo determinado que admite pacto en contrario.
c) Las prestaciones de orden económico (indemnización) derivadas de una terminación del contrato por causas no imputables.
Derechos y obligaciones de las partes
Del principal:
- Entregar las mercaderías a que se obligó
- No vender directamente los productos
Del distribuidor:
- Vender los productos, por lo menos, en la cantidad mínima que se obligó
- Promover la venta de mercaderías y obtener la mayor colocación posible.
- Pagar las facturas de compra
- Verificar el estado de las mercaderías.
Tipos de contratos de distribución
· Distribución en exclusiva: es el más habitual en las empresas cuando hay contratos de distribución internacionales en los que no se permite al distribuidor vender los productos de los competidores.
· Distribución selectiva: el distribuidor puede vender los productos de la competencia. Cuenta con cláusulas relacionadas con las ventas mínimas, entre otras cosas, para poder continuar con la relación comercial, por ejemplo.
· Distribución intensiva: aquí se busca tener el mayor número de distribuidores y puntos de venta.
DIFERENCIAS CON OTROS CONTRATOS:
Es importante observar aspectos relevantes, los cuales son el no confundir y poder diferenciar el contrato de distribución, de otros contratos, entre los cuales están: el contrato de suministro, el contrato de Agencia y el contrato de concesión comercial; ante este último contrato, es importante el tener sumo cuidado, ya que puede llegar a confundirse, al ser de mayores similitudes y características con gran similitud al contratarse y al hablar de su función u objeto.