Conseción

28.10.2024

Se trata de un contrato donde un comerciante concesionario, pone su empresa de distribución o de venta en su caso, al servicio de otro comerciante o industrial llamando concedente, para asegurar exclusivamente en un territorio determinado, durante un período limitado y bajo la vigilancia del concedente

Elementos

Personales

  • Concedente: Es la entidad propietaria de un bien o servicio que concede al Concesionario su explotación.
  • Concesionario: En los contratos de concesión, el consecionario es la entidad que explota el bien en contraprestación de lo que haya acordado con el Concedente.

Real:

Productos para la venta

Formales:

No existe un legislación que obligue de celebrar este contrato por escrito, aunque es aconsejable hacerlo constar por escrito.

Características:

  • Bilateral
  • Consensual
  • Atípico
  • Conmutativo
  • Intuitu Personae
  • De Tracto Sucesivo 
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